Preguntas frecuentes sobre la legalización del autoconsumo con excedentes

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Tabla de contenidos

Tras la publicación del RD 244/2019 que regula los aspectos técnicos y económicos sobre el autoconsumo y los pasos a seguir para legalizar la instalación de manera adecuada.

¿Qué hay que hacer para legalizar la instalación?

En Hogar Solar incluimos el registro y legalización de la instalación de paneles fotovoltaicos con excedentes a todos nuestros clientes. Esta legalización consiste en:

  • Realizar una memoria técnica por parte de nuestro departamento de ingeniería. En esta memoria se incluye el diseño y el certificado (también conocido como boletín) de la instalación en la cual se incluyen planos y descripción de la instalación que hemos realizado.
  • En ocasiones, debemos realizar un proyecto para solicitar una licencia de obra, que permita acogerse al IBI.
  • Documentos técnicos que permiten la justificación de ayudas en las Comunidades Autónomas.
  • Tramitación de la instalación en la dirección de Industria de tu localidad.

El proceso de legalización de autoconsumo con excedentes

Consta de la presentación de la documentación técnica de la instalación ante una entidad de control. Tras comprobar los documentos, la entidad registrará y sellará el documento, acreditando su legalización.

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Preguntas frecuentes sobre la legalización

 

  1. ¿Cuándo hay que pedir acceso a la compañía distribuidora? Tras la publicación del RD 244/2019 no es necesario pedir permiso a la distribuidora antes de realizar tu instalación siempre que tu instalación sea menor de 15 kW y se encuentre en suelo urbano.
  2. ¿Qué debo hacer para que mi compañía eléctrica me compense mis excedentes? Cuando termines tu instalación y tengas realizado los documentos indicados previamente. Tendrás que solicitar a tu compañía que modifique tu contrato e indique que tienes una instalación de autoconsumo. Si tu instalación es menor de 100 kW será la dirección de industria de tu Comunidad Autónoma, la que selle tu boletín, y comunique a la distribuidora el cambio de contrato.
  3. ¿Cómo puedo acelerar el proceso? Deberás ser insistente con tu distribuidora para hacerle saber que tienes la instalación legalizada y que quieres modificar el tipo de contrato de acceso a las redes. Y posteriormente, deberás firmar el contrato de venta con tu comercializadora, donde vendrá el importe por kwh.
  4. ¿Cuánto tiempo tengo que esperar para recibir mi compensación? Depende de cada Comunidad Autónoma y de cada distribuidora. Por desgracia, es una normativa que cambia y a la que debemos adaptarnos.
  5. ¿Qué hace falta por parte de Hogarsolar para realizar la legalización? Deberemos contar siempre con una factura completa (para obtener el CUPs y la potencia contratada) y en algunos casos también el registro catastral. Además, de fotos y conocimiento de la instalación completa.

Beneficios de legalizar tu instalación de autoconsumo con excedentes

Una vez legalizada tu instalación podrás:

  • Compensar tu factura con los excedentes que has vertido a la red.
  • Acceder a la bonificación del IBI (siempre que tu municipio se acoja a esta)
  • Recibir ayudas de tu Comunidad Autónoma o deducción del IRPF.

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